El IVA, Impuesto sobre el Valor Añadido o Agregado, uno de los impuestos más comunes en nuestro país pues nos afecta a todos en prácticamente cualquier aspecto de nuestro consumo diario. No obstante, existe una gran variedad de actividades profesionales exentas de IVA, como por ejemplo trabajos relacionados con la enseñanza o la salud. ¿Quieres conocer todas las profesiones exentas de IVA? ¡No te lo pierdas!
Índice
¿Qué es el IVA y quién lo paga?
La sigla IVA hace referencia a un tributo o impuesto que deben pagar los consumidores al Estado por el uso de un determinado servicio o la adquisición de un bien. Se trata de una tasa que se calcula sobre el consumo de los productos, los servicios, las transacciones comerciales y las importaciones.
El IVA es un impuesto indirecto, es decir, no repercute directamente sobre los ingresos, todo lo contrario, recae sobre los costos de producción y venta de las empresas y se devenga de los precios que los consumidores pagan por dichos productos. Esto significa que se aplica sobre el consumo y que resulta financiado por el consumidor final.
Tipos de IVA
Actualmente se aplican tres tipos de gravamen o tipos impositivos, en función del servicio o bien.
- De tipo superreducido. A los productos de primera necesidad como son alimentos básicos, libros o medicamentos se les aplica un IVA del 4%.
- De tipo medio. Este gravamen del 10% se aplica a ciertos productos alimenticios, sanitarios, a los transportes de viajesros y a servicios de hostelería y construcción
- De tipo General. Un 21% que se aplica por defecto a todos los servicios o bienes que no estén contemplados en los otros dos supuestos.
Profesiones exentas de IVA ¿Cuáles son?
¡Descubre las profesiones exentas de IVA y cómo realizar las facturas sin dicho impuesto! Recuerda que en Coopart se puede seleccionar el tipo de porcentaje de IVA a aplicar, según si la factura está exenta o con IVA reducido.
- Servicios de enseñanza y formación, que tengan lugar tanto en centros privados como públicos, siempre que las materias que se impartan estén contempladas en los planes de estudio del Ministerio de Educación Cultura y Deporte. Esto se aplica a cualquier nivel de la escala académica oficial y también a casos como el de personas físicas que impartan clases particulares.
- Prestación de servicios de hospitalización o de asistencia sanitaria ofrecidos por hospitales y clínicas; y también los servicios prestados por profesionales sanitarios o médicos. Esta exención incluye a médicos y demás personal sanitario, logopedas, psicólogos, ópticos y demás personal reconocido oficialmente por la Administración.
- Servicios profesionales prestados por artistas plásticos, escritores, colaboradores literarios, gráficos, fotográficos de periódicos y revistas, autores y adaptadores de obras teatrales o audiovisuales, traductores, etc. Incluidos aquellos cuya contraprestación consista en derechos de autor. Este caso suele llevar a confusión, ya que en primer lugar es condición indispensable que el trabajo conlleve una contraprestación basado a un derechos de autor. Por otra parte, la mayoría de los casos más comunes que se dan en este apartado tiene que ver con las colaboraciones periodísticas, entre las que el Ministerio solo contempla la creación de textos destinados a su publicación por parte de medios impresos y de carácter periódico. Quedan excluidos, por tanto, los textos destinados a medios online o a medios Audiovisuales.
- Los servicios de mediación ofrecidos a personas físicas para llevar a cabo diferentes operaciones financieras exentas del IVA. Este es el caso de depósitos , créditos, comisiones bancarias, avales, préstamos, etc.
- Servicios relacionados con las operaciones de seguro, reaseguro y recapitalización. Esta exención se aplica con independencia de la condición del profesional o empresa que presta los servicios. Contempla también las operaciones de captación de clientes y de contratación de los servicios.
- El arrendamiento de viviendas y la entrega de terrenos rústicos y no edificables. Extensible a segundas y posteriores entregas de edificios.
- Entrega de sellos de correos y efectos timbrados de curso legal. Limitado a los casos en los que los sellos se venden por un valor no superior al de su emisión.
- Servicios de mediación ofrecidos por fedatarios públicos para el correcto desarrollo de operaciones exentas del IVA. Es decir, el trabajo de notaría realizado por notarios públicos.
¿Cómo debo hacer las facturas de servicios exentos de IVA?
Las facturas Exentas de IVA deben ir acompañadas de una reseña donde se indique que dicha factura está exenta de IVA, en virtud del artículo 20 de la ley 37/1992 sobre el Impuesto sobre el Valor Añadido. Por último, recuerda que sólo algunas actividades están exentas de este impuesto, por lo que tendrás que estar dado de alta en el correspondiente epígrafe del IEA (Impuesto de Actividades Económicas). En función de tu profesión podrás estar dado de alta en varios epígrafes y emitir tus facturas con, o sin, exención de IVA.
Por otro lado, plataformas como Autonomoo, ayudan a todos sus freelance, pymes y autónomos a realizar este tipo de facturas exentas de IVA. Con dicha gestoría online ahorrar tanto tiempo como dinero es muy fácil. Te ayudará a realizar todos los trámites necesarios para profesiones exentas de IVA ¡Apúntate a Autonomoo y disfruta del primer mes gratis con la oferta de lanzamiento de la plataforma!
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