Empieza la cuenta atrás para presentar la declaración de la renta 2018. El periodo para presentarla finaliza en junio y seguro que te interesa cómo puedes salir mejor parado de la famosa declaración anual. Habitualmente recomendamos que tengas un plan de pensiones y hagas una aportación regular al mismo o también ayudan los pagos para amortizar la hipoteca de la vivienda habitual. ¡Aprende con nosotros cómo salir mejor parado en la Declaración de la Renta 2018!
Índice
Algunos datos para conseguir sacarle unos euros a Hacienda en la Declaración de la Renta 2018
La aportación de los planes de pensiones. Sigue siendo una buena opción, aunque la Reforma Fiscal de 2015 ha puesto un tope máximo que se puede deducir de dichas aportaciones. Se ha rebajado desde los 10.000 € con carácter general o los 12.500 € para los mayores de 65 años, hasta los 8.000 €. También existe un límite del 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de los rendimientos netos de actividades económicas, según los Asesores Fiscales del Colegio General de Economistas (REAF-REGAF).
Deducción por vivienda habitual. Continúa la deducción del 15% de los pagos anuales por el Inmueble para los que compraron su vivienda habitual antes del 2013, con el límite de 9.040 €. La desgravación también favorece a quien haya realizado algún pago para la construcción de la vivienda habitual o hayan invertido para ampliar la superficie habitable de la vivienda antes de enero de 2013, fecha en la que el Gobierno eliminó la subvención. Si os queda un dinero fresco para finales de año, y entráis en el supuesto (antes 2013), podéis sacar provecho de esta deducción.
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Algo más… para mejorar la Declaración de la Renta 2018
- Ser solidario desgrava. Se pueden deducir las aportaciones a fundaciones sin ánimo de lucro, ONG´s, partidos políticos, sindicatos, colegios profesionales…, siempre guardando justificante de los importes donados.
En este apartado también se pueden deducir los gastos de defensa jurídica contra el empleador, con un límite máximo de 300 €.
Las medidas fiscales permiten la desgravación del 50% de los primeros 150€ donados y un 27,5% de todo el resto, pudiendo ser de un 32,5% si la cantidad donada a una misma ONG no ha disminuido desde 2013.
Las empresas también podrán beneficiarse de estos incentivos con deducciones de hasta el 37,5% de sus donaciones a entidades sin ánimo de lucro en el impuesto de sociedades si ha mantenido la aportación en los dos años anteriores.
- Incentivos Sector Emprendedores. La Reforma fiscal también favorece a los inversores en nuevas empresas. Se puede deducir el 20% de las cantidades satisfechas por adquisición de participaciones, aunque sometidas a una serie de requisitos.
Según Gestha (Asociación de Técnicos del Ministerio de Hacienda) «esta deducción es la más potente del IRPF permitiendo deducir 8.347€ de media a quien financie a una empresa reciente, aunque se precisa de una inversión media de 41.737 €, lo que la convierte en la tercera deducción más rentable de media en el IRPF, después de los donativos y los planes de pensiones».
- Deducir cantidades sin cobrar de Administraciones Públicas. Las sociedades que tengan pendiente por cobrar de parte de una Administración pública o ente público, y prevé que no pagarán en un plazo razonable, pueden iniciar un procedimiento arbitral o judicial sobre la cuantía del crédito y deducirse la cantidad.
- Ahorrar desgrava. La reforma del IRPF rebaja la tributación del ahorro.
La reforma fiscal también pretende promover el ahorro, pero a través de unos productos que tienen su complejidad y que hay que hacer bien los números antes de acogerse a ellos. Entre estos productos destaca el Plan Ahorro 5, instrumento que consiste en un plan de ahorro cuyos rendimientos están exentos del IRPF hasta un límite de 5.000 € si se mantienen durante un plazo de cinco años.
A los 60 meses (5 años) puedes mantener el ahorro acumulado e invertirlo en otro producto sin obligación de tributar. Otra cosa es cuando quieres rescatar el dinero, pues las retenciones son las mismas que las de cualquier producto de ahorro.
No obstante, según un estudio de Expansión, el Plan Ahorro 5 parece una alternativa adecuada frente a los Depósitos, por los niveles tan bajos de las tasas de interés.
- Aplazar actuaciones a 2019 por la Reforma Fiscal. Quien más quien menos, conoce la Reforma Fiscal que rebaja los tipos de las rentas del trabajo y del ahorro. Dicha reforma entró en vigor en enero de 2015 una parte, se amplió en julio de 2015. Por ello, pueda resultar más rentable fiscalmente, aplazar decisiones al año que viene, aunque el ahorro sea ínfimo, pero de € a € se llena la hucha.
Por ejemplo puede ser recomendable esperar a 2019 para vender acciones, un inmueble… y también si puedes ser partícipe de la decisión del reparto de dividendos de una sociedad, mejor esperar a 2019 para que tribute a un tipo del ahorro más bajo, habida cuenta que la reforma eliminó la exención de los primeros 1.500 € obtenidos por dividendos; ahora todo tributa. Además, las plusvalías generadas en menos de un año, como consecuencia de una transmisión patrimonial, tributan desde 2018 en la base del ahorro más reducida.
- El hachazo fiscal inmobiliario. Este concepto lo acuñó Gestha (Asociación de Técnicos del Ministerio de Hacienda). La Reforma eliminó los coeficientes de corrección que limitaban las plusvalías que se producían en la venta de un inmueble por el efecto de la inflación. Hay que pagar por el total de la plusvalía independientemente de la inflación.
A los mayores de 65 años les salen algo mejor las cuentas. La venta de cualquier bien está exento de tributación, si y solo si se destina a la creación de una renta vitalicia asegurada, con un límite de 240.000 € y en un plazo de seis meses. Si la venta se refiere a la vivienda habitual, la plusvalía está completamente exenta.
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